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Se informa a la comunidad que el plazo para la presentación de
listas para las elecciones de Consejo Directivo correspondientes al
Claustro de Estudiantes vence el miércoles 28/08 a las 20hs.<br>
<br>
Las listas deberán ser presentadas en formato papel y
presencialmente por Mesa de Entradas, de acuerdo a los siguientes
requisitos:<br>
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- Nota de presentación donde conste:<br>
<br>
Nombre de la agrupación<br>
Número de lista<br>
Nombre, apellido, DNI y correo electrónico de 4 candidatos/as
titulares y candidatos/as suplentes *1<br>
Nombre, apellido, DNI, correo electrónico, teléfono celular y
domicilio legal de un/a apoderado/a<br>
Firma del/la apoderado/a<br>
<br>
- Conformidad de los/as 8 candidatos/as<br>
<br>
- Avales:<br>
Al menos 50 (cincuenta) libretas universitarias FCEN definitivas y
originales o fotocopias de DNI con la firma original (no fotocopiada
ni digital) del/a estudiante en la misma hoja. La fotocopia del DNI
deberá presentarse con el número de trámite tachado de forma tal que
no pueda leerse.<br>
Un listado de los avales presentados en el que debe figurar nombre,
apellido y DNI de cada estudiante<br>
<br>
- Logo para la boleta de tamaño 8,5cm x 3cm en formato papel y
electrónico, conteniendo el número y la denominación de la lista.<br>
<br>
Más información sobre las elecciones de estudiantes<br>
<a class="moz-txt-link-freetext" href="https://exactas.uba.ar/elecciones-estudiantes-2024/">https://exactas.uba.ar/elecciones-estudiantes-2024/</a><br>
<br>
-- <br>
Secretaría General<br>
Facultad de Ciencias Exactas y Naturales<br>
Universidad de Buenos Aires<br>
<br>
Tel conmutador: 5285-7400 ext 58105<br>
<br>
*1 Las listas de candidatas y candidatos a representantes del
claustro de estudiantes ante los Consejos Directivos deberán
integrarse respetando la paridad de género, ubicando de manera
intercalada, en forma alterna y consecutiva, desde la primera o el
primer titular hasta la última o último suplente, de modo tal que no
haya DOS (2) personas continuas del mismo género en las listas. En
caso de incumplimiento, se intimará a la apoderada o apoderado de la
lista para que en un plazo perentorio efectúe las adecuaciones
pertinentes, bajo apercibimiento de no oficializar la lista.
(ARTÍCULO 214 Reglamento electoral para estudiantes).<br>
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