<html><head><meta http-equiv="Content-Type" content="text/html; charset=UTF-8" /></head><body style='font-size: 10pt; font-family: Verdana,Geneva,sans-serif'>
<p>Estimadas/os</p>
<p>Como todos los años, durante los meses de abril y mayo se realiza la liquidación final del impuesto a las ganancias del año fiscal previo. Debido a que la misma se encuentra sujeta a las presentaciones que efectúan los agentes hasta el 31/3/24 vía SIRADIG, las retenciones realizadas en los meses de abril y mayo pueden resultar mayores al <span>35</span>% del sueldo bruto del período fiscal anterior y en ocasiones incluso podrían afectar hasta la totalidad de los haberes que perciben las y los empleados en esos meses.</p>
<p>La Resolución General AFIP 4003/17 dispone que las y los empleados pueden optar por solicitar la aplicación del tope de retención del 35% del sueldo bruto sobre los haberes de abril y mayo del año en curso, quedando a su cargo el pago del saldo de impuesto.</p>
<p>En caso de optar por la aplicación del tope del <span>35</span>% para la retención de los saldos pendientes del período fiscal anterior, los agentes deben enviar <span style="text-decoration: underline;">hasta el día 26 de marzo de 2024 sin excepción</span>, un correo electrónico a: <a href="mailto:liqsueld@de.fcen.uba.ar">liqsueld@de.fcen.uba.ar</a> adjuntando una nota con el siguiente texto:</p>
<p><em>"Por la presente, solicito se aplique el tope previsto en la resolución general AFIP 4003-E/2017, art. 7º, párrafo tercero, en el cálculo de la retención del Impuesto a las Ganancias correspondiente a la liquidación anual del periodo fiscal 2023. Si como resultante de la aplicación del tope citado precedentemente surgiera un excedente de Impuesto a las Ganancias a favor del fisco, asumo la responsabilidad de cumplir personalmente con las obligaciones de determinación anual e ingreso del impuesto en las condiciones, plazos y formas establecidas".</em></p>
<p><strong>IMPORTANTE: La nota adjuntada debe estar en formato PDF y contener la firma manuscrita del o la agente solicitante.</strong></p>
<p>Una vez recibidas, todas las notas serán enviadas vía expediente electrónico al Área del Rectorado correspondiente para la tramitación del tope.</p>
<p>Quedamos a disposición para cualquier duda o inquietud,</p>
<p><br /></p>
<div class="pre" style="text-align: justify;"><span class="sig" style="font-family: verdana, geneva, sans-serif; font-size: 10pt;"> -- <br /> Secretaría de Hacienda y Supervisión Administrativa<br /> Facultad de Ciencias Exactas y Naturales<br /> Universidad de Buenos Aires</span></div>
</body></html>