[general_geol] Sobre las reformas a la LES
Factor Común (Graduados FCEN)
factor_comun en agrupaciones.fcen.uba.ar
Jue Nov 5 13:27:56 ART 2015
El pasado miércoles 28/10, la cámara de Senadores aprobó una reforma a la Ley de Educación Superior (LES) aprobada en 1995. Los integrantes de Factor Común nos hemos informado acerca de las modificaciones hechas y quisiéramos ponerte al tanto cuáles son las más relevantes {1}:
-Se sustituye el artículo 2 por uno nuevo en el que se establece que “el Estado nacional es el responsable de proveer el financiamiento, la supervisión y fiscalización de las universidades nacionales, así como la supervisión y fiscalización de las universidades privadas”.
-Se agrega un artículo 2 bis, el cual especifica que “los estudios de grado en las Instituciones de Educación Superior de gestión estatal son gratuitos e implican la prohibición de establecer sobre ellos cualquier tipo de gravamen, tasa, impuesto, arancel, o tarifa directos o indirectos” y prohíbe a las Instituciones de Educación Superior de gestión estatal “suscribir acuerdos o convenios con otros Estados, instituciones u organismos nacionales e internacionales públicos o privados, que impliquen ofertar educación como un servicio lucrativo o que alienten formas de mercantilización”.
-Se sustituye el artículo 7 por uno nuevo en el que se establece que “todas las personas que aprueben la educación secundaria pueden ingresar de manera libre e irrestricta a la enseñanza de grado en el nivel de educación superior”. Esto no implica ir contra la autonomía universitaria, pues cada universidad puede imponer los cursos que consideren necesarios para la nivelación de los ingresantes, pero no exámenes restrictivos: “Este ingreso debe ser complementado mediante los procesos de nivelación y orientación profesional y vocacional que cada institución de educación superior debe constituir, pero que en ningún caso debe tener un carácter selectivo excluyente o discriminador”
-En el nuevo artículo 58, se establece que “el aporte del Estado nacional para las instituciones de educación superior universitaria de gestión estatal no puede ser disminuido ni reemplazado en ningún caso mediante recursos adicionales provenientes de otras fuentes no contempladas en el presupuesto anual general de la administración pública nacional”. Sin embargo, cabe resaltar que, en el nuevo inciso c del artículo 59, se sostiene el concepto de los “recursos propios o adicionales”, que son generados “mediante la venta de bienes, productos, derechos o servicios, subsidios, contribuciones, herencias, derechos o tasas por los servicios que presten”, aunque en el mismo artículo se aclara que dichos recursos propios “deberán destinarse prioritariamente a becas, préstamos, subsidios o créditos u otro tipo de ayuda estudiantil” y que “no podrán utilizarse para financiar gastos corrientes”.
Como te dijimos desde el primer momento en que conformamos esta agrupación, creemos que en cualquier discusión honesta que se quiera dar, resulta imprescindible identificar los aspectos críticos, señalar los argumentos débiles, pero también reconocer cualquier aporte positivo que se desprenda de la posición que el otro adopta. Por eso, los integrantes de Factor Común reconocemos que las modificaciones que apuntan a garantizar la gratuidad de la educación superior pública y el acceso irrestricto a la misma representan una conquista importante de la comunidad universitaria. Queremos asimismo recordar que la concreción de estos logros es también el resultado de demandas históricas del movimiento estudiantil. Nosotros defendemos firmemente la educación pública, pero además creemos necesario avanzar en cualquier sentido que garantice el acceso a la universidad de más sectores de nuestra sociedad. Porque la educación universitaria no es un privilegio, es un derecho.
No obstante lo anterior, queremos dejar en claro que, al tratarse de una reforma de algunos artículos, la LES sigue vigente. El sistema universitario argentino sigue rigiéndose por una ley que fue sancionada en base a los designios del Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional, por lo que no sorprende que muchos aspectos de claro corte mercantilista sigan estando tan presentes como entonces. Esperamos que esta reforma sea sólo una etapa en el proceso definitivo hacia la implementación de una nueva LES que derogue de forma definitiva la actual.
{1} Para ver el texto completo de la reforma, podés ingresar acá: http://on.fb.me/1WyX4tO (http://on.fb.me/1WyX4tO)
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