[FCEyN] Resolución (CD) Nº 576/25. Rechazo a la propuesta de fusión de el Servicio Meteorológico Nacional y el Instituto Geográfico Nacional.

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Fri Apr 25 11:18:23 -03 2025


Se transcribe a continuación el texto de la Res. (CD) Nº 576/25 aprobada 
por el Consejo Directivo en su sesión del día 14/04/25.

Cordialmente

-- 
Secretaría General
Facultad de Ciencias Exactas y Naturales
Universidad de Buenos Aires

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 14 de abril de 2025

*VISTO

*el proyecto presentado por el Gobierno Nacional que contiene una 
propuesta de “fusión/absorción” entre el Servicio Meteorológico Nacional 
(SMN) y el Instituto Geográfico Nacional (IGN), ambos dependientes del 
Ministerio de Defensa,

las razones dadas por el Gobierno Nacional para promover su fusión que 
hacen alusión a reducir duplicidad de tareas, centralizar y 
transparentar el uso de recursos públicos, y fomentar la investigación 
interdisciplinaria y,

*CONSIDERANDO*

que ambos son organismos científico-tecnológico descentralizados,

que el SMN, de acuerdo a la Ley Nº 12945/45 y el Decreto PEN Nº 1432/07 
tiene competencias sobre el monitoreo y predicción de los fenómenos 
meteorológicos y climáticos,

que el objetivo del SMN es brindar información y pronósticos 
meteorológicos, perspectivas climáticas y alertas en su área de 
incumbencia, basados en el monitoreo continuo de la atmósfera y en el 
conocimiento científico en el territorio nacional y zonas oceánicas 
adyacentes, con el objeto de proteger a la población, contribuir a la 
defensa nacional, favorecer el desarrollo sustentable y dar cumplimiento 
a sus compromisos internacionales en la materia,

que el SMN es el organismo encargado de mantener registros 
meteorológicos a lo largo y ancho del país y en el continente Antártico, 
encargado también de la red de radares meteorológicos en el marco del 
proyecto SINARAME que comenzó en 2011 y expande las capacidades 
territoriales del SMN,

que es el organismo encargado de emitir y difundir alertas 
meteorológicas mediante un Sistema de Alerta Temprana (SAT), que 
proporciona información gráfica sobre potenciales amenazas 
meteorológicas y su vigilancia,

que el IGN, de acuerdo a la Ley 22963/83, es el organismo encargado de 
cartografía nacional y los sistemas de referencia geográficos nacional, 
los límites fronterizos, así como la producción y difusión de 
información geográfica precisa, actualizada y concisa,

que este organismo, de 146 años de trayectoria, es responsable de 
verificar toda representación del territorio nacional (continental, 
insular y antártico) editada en el país -ya sea en formatos literarios o 
gráficos- así como cartografía extranjera distribuida localmente,

que el IGN provee servicios geodésicos críticos, como el procesamiento 
diario la red RAMSAC para generar el servicio PPP-Ar de posicionamiento 
GNSS con validez jurídica; el modelo Geoide-Ar16 de gravedad, el modelo 
Vel-Ar para transformación temporal de coordenadas al marco POSGAR07 o 
el modelo MDE-Ar para brindar las alturas del terreno,

que el SMN y el IGN están sujetos a controles más rigurosos que los 
organismos
centralizados o desconcentrados,

que las funciones de ambos organismos son complementarias y no hay 
superposición de sus tareas,

que la investigación y colaboración interdisciplinaria entre ambos 
organismos ya existe, así como con múltiples instituciones científicas, 
sin necesidad de fusionarse con otro organismo o comprometer la 
autonomía de cada uno,

que ambos organismos son pilares fundamentales para el desarrollo 
soberano del país, aumentando la soberanía a partir del conocimiento 
científico técnico, generando valor a partir de los servicios brindados 
para el desarrollo de numerosas actividades socio-económicas en todo el 
país, y protegiendo a la población a partir de la generación de 
información para la gestión integral del riesgo de desastres,

que ambos organismos son referentes internacionales en sus respectivas 
temáticas,

que trabajadores y trabajadoras de estos organismos han expresado su 
preocupación ante este proyecto, argumentando que la iniciativa carece 
de fundamentos técnicos y responde a un nuevo intento de desmantelar el 
sistema científico-tecnológico estatal, poniendo en riesgo la seguridad 
de los argentinos y de sus bienes y propiedades,

que en su planta de trabajadores hay numerosos estudiantes, graduados/as 
y docentes de esta casa de estudio,

lo actuado por este Cuerpo en sesión realizada el día 14 de abril de 2025,

en uso de las atribuciones que le confiere el Art. 113 del Estatuto 
Universitario,

*EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS Y NATURALES*
*RESUELVE:*

*ARTÍCULO 1º.- *Expresar rechazo a la propuesta del Gobierno Nacional de 
fusión de los organismos Servicio Meteorológico Nacional (SMN) e 
Instituto Geográfico Nacional (IGN).

*ARTÍCULO 2º.- *Reclamar al Ministerio de Defensa explicaciones 
fehacientes sobre la propuesta de fusión de los organismos.

*ARTÍCULO 3º.- *Manifestar preocupación por la continuidad laboral de 
los trabajadores del SMN y del IGN.

*ARTÍCULO 4º.- *Regístrese, dese amplia difusión, comuníquese a todos 
los organismos involucrados y cumplido, archívese.

*RESOLUCIÓN (CD) N° 576/25*
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