[FCEyN] Resolución (CD) Nº 576/25. Rechazo a la propuesta de fusión de el Servicio Meteorológico Nacional y el Instituto Geográfico Nacional.
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Fri Apr 25 11:18:23 -03 2025
Se transcribe a continuación el texto de la Res. (CD) Nº 576/25 aprobada
por el Consejo Directivo en su sesión del día 14/04/25.
Cordialmente
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Secretaría General
Facultad de Ciencias Exactas y Naturales
Universidad de Buenos Aires
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 14 de abril de 2025
*VISTO
*el proyecto presentado por el Gobierno Nacional que contiene una
propuesta de “fusión/absorción” entre el Servicio Meteorológico Nacional
(SMN) y el Instituto Geográfico Nacional (IGN), ambos dependientes del
Ministerio de Defensa,
las razones dadas por el Gobierno Nacional para promover su fusión que
hacen alusión a reducir duplicidad de tareas, centralizar y
transparentar el uso de recursos públicos, y fomentar la investigación
interdisciplinaria y,
*CONSIDERANDO*
que ambos son organismos científico-tecnológico descentralizados,
que el SMN, de acuerdo a la Ley Nº 12945/45 y el Decreto PEN Nº 1432/07
tiene competencias sobre el monitoreo y predicción de los fenómenos
meteorológicos y climáticos,
que el objetivo del SMN es brindar información y pronósticos
meteorológicos, perspectivas climáticas y alertas en su área de
incumbencia, basados en el monitoreo continuo de la atmósfera y en el
conocimiento científico en el territorio nacional y zonas oceánicas
adyacentes, con el objeto de proteger a la población, contribuir a la
defensa nacional, favorecer el desarrollo sustentable y dar cumplimiento
a sus compromisos internacionales en la materia,
que el SMN es el organismo encargado de mantener registros
meteorológicos a lo largo y ancho del país y en el continente Antártico,
encargado también de la red de radares meteorológicos en el marco del
proyecto SINARAME que comenzó en 2011 y expande las capacidades
territoriales del SMN,
que es el organismo encargado de emitir y difundir alertas
meteorológicas mediante un Sistema de Alerta Temprana (SAT), que
proporciona información gráfica sobre potenciales amenazas
meteorológicas y su vigilancia,
que el IGN, de acuerdo a la Ley 22963/83, es el organismo encargado de
cartografía nacional y los sistemas de referencia geográficos nacional,
los límites fronterizos, así como la producción y difusión de
información geográfica precisa, actualizada y concisa,
que este organismo, de 146 años de trayectoria, es responsable de
verificar toda representación del territorio nacional (continental,
insular y antártico) editada en el país -ya sea en formatos literarios o
gráficos- así como cartografía extranjera distribuida localmente,
que el IGN provee servicios geodésicos críticos, como el procesamiento
diario la red RAMSAC para generar el servicio PPP-Ar de posicionamiento
GNSS con validez jurídica; el modelo Geoide-Ar16 de gravedad, el modelo
Vel-Ar para transformación temporal de coordenadas al marco POSGAR07 o
el modelo MDE-Ar para brindar las alturas del terreno,
que el SMN y el IGN están sujetos a controles más rigurosos que los
organismos
centralizados o desconcentrados,
que las funciones de ambos organismos son complementarias y no hay
superposición de sus tareas,
que la investigación y colaboración interdisciplinaria entre ambos
organismos ya existe, así como con múltiples instituciones científicas,
sin necesidad de fusionarse con otro organismo o comprometer la
autonomía de cada uno,
que ambos organismos son pilares fundamentales para el desarrollo
soberano del país, aumentando la soberanía a partir del conocimiento
científico técnico, generando valor a partir de los servicios brindados
para el desarrollo de numerosas actividades socio-económicas en todo el
país, y protegiendo a la población a partir de la generación de
información para la gestión integral del riesgo de desastres,
que ambos organismos son referentes internacionales en sus respectivas
temáticas,
que trabajadores y trabajadoras de estos organismos han expresado su
preocupación ante este proyecto, argumentando que la iniciativa carece
de fundamentos técnicos y responde a un nuevo intento de desmantelar el
sistema científico-tecnológico estatal, poniendo en riesgo la seguridad
de los argentinos y de sus bienes y propiedades,
que en su planta de trabajadores hay numerosos estudiantes, graduados/as
y docentes de esta casa de estudio,
lo actuado por este Cuerpo en sesión realizada el día 14 de abril de 2025,
en uso de las atribuciones que le confiere el Art. 113 del Estatuto
Universitario,
*EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS Y NATURALES*
*RESUELVE:*
*ARTÍCULO 1º.- *Expresar rechazo a la propuesta del Gobierno Nacional de
fusión de los organismos Servicio Meteorológico Nacional (SMN) e
Instituto Geográfico Nacional (IGN).
*ARTÍCULO 2º.- *Reclamar al Ministerio de Defensa explicaciones
fehacientes sobre la propuesta de fusión de los organismos.
*ARTÍCULO 3º.- *Manifestar preocupación por la continuidad laboral de
los trabajadores del SMN y del IGN.
*ARTÍCULO 4º.- *Regístrese, dese amplia difusión, comuníquese a todos
los organismos involucrados y cumplido, archívese.
*RESOLUCIÓN (CD) N° 576/25*
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