[Todos] [FCEyN] Normativa vigente de colocación de carteles

Jorge Aliaga decanato at de.fcen.uba.ar
Fri Apr 5 10:17:04 ART 2013


A la Comunidad de la Facultad

Desde el año 2000 está vigente la resolución del Consejo Directivo Nº
1882/00 [1] que fija las normas sobre colocación de carteles de publicidad
de actividades académicas, culturales, deportivas, políticas y/o gremiales
provenientes de las Autoridades, Departamentos, Centros, Institutos, de
distintos Claustros de esta Casa de Estudios, como así también de otras
Unidades Académicas, de la Universidad de Buenos Aires, Universidades,
Sociedades Científicas, Organizaciones Gremiales, Partidos Políticos,
Empresas de Servicios Públicos, Entidades de Bien Público, y Fundaciones
sin Fines de Lucro. La colocación de todo otro tipo de carteles está
expresamente prohibida por la resolución del Consejo Directivo Nº 115/99
[2].

Asimismo, la res CD Nº 1882/00 establece que La Subsecretaría Técnica y el
Servicio de Higiene y Seguridad -hoy bajo la dependencia de la Secretaría
de Hábitat- de común acuerdo con las asociaciones representativas de
No-Docentes, Alumnos y Docentes, delimitarán en un plazo no más allá del 1
de marzo de 2001, los sectores a ser utilizados para colocar los carteles
habilitados por la Resol. CD nº 115/99, considerando como prioridad el
promover y mantener adecuadas condiciones ambientales en los lugares de
trabajo y el más alto nivel de seguridad, conforme las obligaciones que
impone la legislación vigente.

El primer aspecto a destacar es que se fija como prioridad “el promover y
mantener adecuadas condiciones ambientales en los lugares de trabajo y el
más alto nivel de seguridad, conforme las obligaciones que impone la
legislación vigente.” Lamentablemente, este aspecto de la norma, que
tendía a acordar la ubicación de carteleras habilitadas para la colocación
de carteles, limitando la “carga de fuego” dentro del edificio, nunca fue
acordada porque las diversas agrupaciones siempre consideran que deben
usar todo el espacio disponible para la difusión de sus actividades.

De todas formas, la resolución CD Nº 1882/00 establece que “En el caso en
el que se habiliten espacios a ser utilizados por afiches colgantes no
colocados enteramente sobre paredes o cerramientos, los mismos no podrán
ocupar espacios sin pared o cerramientos que estén a menos de tres metros
del nivel de los pisos a los efectos de permitir la iluminación
correspondiente, no entorpecer el control y la asistencia ante emergencias
por parte del Departamento de Seguridad y Control y no interrumpir la
circulación de las personas y/o las zonas de entrada y salida de la
Facultad.”

Periódicamente, y más en años electorales como el presente, las
agrupaciones avanzan en la colocación de carteles que no cumplen con lo
establecido en el párrafo anterior. Cuando eso ocurre, la Secretaría de
Hábitat, en cumplimiento del mandato del Consejo Directivo de “promover y
mantener adecuadas condiciones ambientales en los lugares de trabajo y el
más alto nivel de seguridad, conforme las obligaciones que impone la
legislación vigente”, procede al retiro de los elementos peligrosos, a
través del personal de Servicios Generales.

Algunas agrupaciones consideran que este proceder es una limitación de sus
derechos a la militancia. Creo que este argumento se refuta con el simple
hecho de ingresar a los pabellones y medir la cantidad de metros cuadrados
ocupados con carteles de propaganda de agrupaciones. Paradójicamente, las
agrupaciones que maltratan a la Secretaria de Hábitat, acusándola de
autoritaria, u organizan cruzadas tendientes al desconocimiento de las
normas vigentes, aprobadas en los 27 años de gobierno democrático de la
universidad, son los primeros en pedir cárcel inmediata cuando consideran
que un funcionario público no tomó los recaudos necesarios para prevenir
una tragedia, como ha ocurrido con Cromagnon, Once, inundaciones, por
ejemplo.

Estoy orgulloso de ser Decano de una Facultad que tiene normas de higiene
y seguridad que se encuentran entre las más avanzadas del país. Esto es
producto de una continuidad de trabajo, iniciado en el año 1990 con la
creación de la Comisión permanente pro-mejoramiento del hábitat
-Resolución (D) 241/90 [3]- y del Servicio de Higiene y Seguridad
-Resolución (D) 383/90 [4]-. Desde hace más de 25 años dictamos la Carrera
de Especialización en Higiene y Seguridad y somos referentes de consulta
permanentemente de otras Facultades y Universidades públicas en esta
temática.

Invito entonces a deponer actitudes adolescentes, poner la energía en
actividades más conducentes, y colaborar en la aplicación de una normativa
que pretende un ambiente seguro para todas y todos los miembros de esta
comunidad.

Atentamente,

Jorge Aliaga
Decano
FCEN - UBA

[1] http://exactas.uba.ar/download.php?id=1095
[2] http://exactas.uba.ar/download.php?id=1094
[3] http://www.fcen.uba.ar/habitat/rd241-90.htm
[4] http://exactas.uba.ar/download.php?id=309




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