[Decanato] [FCEyN] Resolución (CD) Nº 1003/26. Reafirmar el compromiso de esta Facultad para con el reclamo por la inmediata aplicación la Ley de Financiamiento de la Educación Universitaria y Recomposición del Salario Docente.
Secretaría General - FCEN- UBA
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Wed Jun 24 16:00:58 -03 2026
Se transcribe a continuación el texto de la Res. (CD) Nº 1003/26
aprobada por el Consejo Directivo en su sesión del día 22/06/26.
Cordialmente
--
Secretaría General
Facultad de Ciencias Exactas y Naturales
Universidad de Buenos Aires
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 22 de junio de 2026
*VISTO *el acta firmada el 10 de junio entre el Gobierno Nacional, el
Consejo Interuniversitario Nacional y seis gremios que representan a
trabajadores y trabajadoras docentes y nodocentes nacionales y
*CONSIDERANDO*
que los puntos incluidos textualmente en dicha acta son los siguientes:
- Actualización salarial. El Poder Ejecutivo Nacional transferirá a las
Universidades Nacionales los fondos necesarios para garantizar un
incremento de la masa salarial del 24.33% dispuesto de la siguiente
forma: un incremento del 21.33% en junio sobre los básicos vigentes a
mayo de 2026; y del 3% en el mes de octubre sobre los básicos de
septiembre de 2026. Esta actualización contempla la recomposición del
desfasaje del año 2025, la actualización en función de la inflación
hasta mayo de 2026 y una recomposición del 7% a cuenta de la pérdida de
poder adquisitivo del 2024.
Las partes acuerdan la convocatoria a las paritarias del sector docente
y no docente para el día 10 de junio a las 14hs en la sede de la
Subsecretaría de Políticas Universitarias a los efectos de recomponer
los salarios. Una vez cumplido su cometido la paritaria del 10 de junio
pasará a un cuarto intermedio para dentro de tres meses como máximo,
donde continuará la discusión salarial contemplando la variación
acumulada del IPC de acuerdo al INDEC y la continuidad de la
recomposición salarial por el desfasaje del 2024.
- Paritaria. Se convocará a la negociación paritaria con el sector
docente y no docente con una periodicidad que no podrá exceder los tres
meses calendario.
- Recomposición presupuestaria. El Poder Ejecutivo Nacional actualizará
un 20% (veinte por ciento) el monto de los gastos de funcionamiento de
las universidades públicas a partir del mes de junio de 2026 y
se dispondrá un incremento en la partida destinada a Hospitales
Universitarios de $50.000.000.000 para 2026.
- Recomposición de becas estudiantiles. Se establece una actualización
del 50% (cincuenta por ciento) de las Becas Manuel Belgrano a partir
del mes de junio de 2026.
- Fondos de capacitación. Se garantizarán los fondos de capacitación
para las entidades gremiales docentes y no docentes.
- Rendición de fondos. Las Universidades Nacionales deberán rendir los
fondos asignados conforme lo dispuesto en la legislación vigente.
que el acta fue firmada por Franco Bartolacci, Presidente del Consejo
Interuniversitario Nacional (CIN); Anselmo Torres, Vicepresidente del
Consejo Interuniversitario Nacional (CIN); Octavio Miloni, Secretario
Adjunto de la Federación Nacional de Docentes Universitarios (CONADU);
Ricardo Mozzi, Secretario General de la Federación Gremial de Docentes
de la Universidad Tecnológica Nacional (FAGDUT); Julio Condori Barrios,
Secretario de Educación Superior de la Unión Docentes Argentinos (UDA);
Marcelo Creta, representante paritario nacional de la Confederación de
Trabajadores de la Educación de la República Argentina (CTERA); Walter
Merkis, Secretario General de la Federación Argentina de Trabajadores de
las Universidades Nacionales (FATUN); Daniel Ricci, Secretario General
de la Federación de Docentes de las Universidades Nacionales (FEDUN) y
Alejandro Ciro Álvarez, Subsecretario de Políticas Universitarias del
Ministerio de Capital Humano de la Nación,
que la Ley 27.795, de Financiamiento Universitario, fue aprobada hace
más de 6 meses por amplia mayoría en ambas cámaras del Congreso Nacional,
el fallo de la Sala 3 de la Cámara Contencioso Administrativa Federal
publicado el 31 de marzo del presente año, que ratifica la vigencia de
la medida cautelar presentada por el Consejo Interuniversitario Nacional
ante el incumplimiento de la Ley de Financiamiento Universitario 27.795,
que dicha cautelar fue aceptada por el Dr. Martin Cormick el 26 de
diciembre del año 2025,
que en dicha cautelar se exige la inmediata aplicación de los artículos
5° y 6° de la Ley N° 27.795,
que el Art. 5º de dicha Ley establece que el Poder Ejecutivo Nacional
deberá actualizar los salarios de los docentes y no docentes de las
universidades públicas entre el período 1/12/2023 hasta la sanción de la
ley, en un porcentaje que no puede ser inferior al Índice de Precios al
Consumidor (IPC) informado por el Instituto Nacional de Estadística y
Censos (INDEC) en el mismo período,
que el porcentaje de actualización salarial contemplado a partir de
junio en el acta firmada el 10/06/26 representa aproximadamente un 40%
de la actualización prevista por la Ley al mes de mayo de 2026,
que el porcentaje de actualización salarial contemplado a partir de
octubre en el acta firmada el 10/06/26 representa aproximadamente un 47%
de la actualización prevista por la Ley al mes de mayo de 2026, sin
contemplar la inflación de los meses de junio, julio, agosto y
septiembre de 2026,
que el Gobierno Nacional no ha acatado la medida cautelar y aún adeuda
una recomposición salarial de al menos 22% para 200.000 trabajadores de
las universidades nacionales, sin contemplar la inflación de los meses
de junio, julio, agosto y septiembre de 2026,
la resolución RESCS-2026-596-E-UBA-REC del Consejo Superior de la
Universidad de Buenos Aires por la que se solicita a la Suprema Corte de
Justicia de la Nación que, en el marco de la causa judicial vinculada al
cumplimiento de la Ley 27.795 de Financiamiento Universitario y
Recomposición Salarial, se expida con la mayor celeridad posible a favor
de garantizar la plena vigencia de dicha norma y la protección efectiva
del sistema universitario público argentino,
la resolución (CD) Nº 820/26 de nuestra Casa de Estudios que se expresa
en el mismo sentido,
que la comunidad de esta casa de estudios confeccionó una bandera de
REMATE para ser desplegada de manera simbólica en defensa de la
universidad pública, gratuita y de calidad,
que resulta oportuno ratificar el compromiso de esta Facultad para con
el reclamo por la inmediata aplicación de la Ley deFinanciamiento de la
Educación Universitaria y Recomposición del Salario Docente,
lo actuado por la Comisión de Interpretación y Reglamento,
lo actuado por este cuerpo en sus sesión del día 22 de junio de 2026,
en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 117º del Estatuto
Universitario;
*EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS Y NATURALES*
*RESUELVE:*
*Artículo 1º.-* Reafirmar el compromiso de esta Facultad para con el
reclamo por la inmediata aplicación por parte del Gobierno Nacional de
la Ley 27.795 de Financiamiento de la Educación Universitaria y
Recomposición del Salario Docente.
*Artículo 2º.- *Reiterar el reclamo a la Corte Suprema de Justicia de la
Nación que, en el marco de la causa judicial vinculada al cumplimiento
de la Ley 27.795 de Financiamiento Universitario y Recomposición
Salarial, se expida con la mayor celeridad posible a favor de garantizar
la plena vigencia de dicha norma y la protección efectiva del sistema
universitario público argentino.
*Artículo 3°.-* Reclamar al Juez Dr. Martin Cormick, sin perjuicio de lo
mencionado en el Art. 2°, intime al Gobierno Nacional para que
implemente de manera inmediata y plena la Ley 27.795 de Financiamiento
Universitario y Recomposición Salarial.
*Artículo 4º.-* Convocar a la comunidad en su conjunto a un abrazo
simbólico al Pabellón 0+infinito, desplegando la bandera de REMATE que
la comunidad de la FCEyN confeccionó como medida de visibilización del
conflicto.
*Artículo 5º.-* Convocar a la comunidad de la Facultad de Ciencias
Exactas y Naturales a participar de una jornada de visibilización de
estos reclamos a realizarse el día jueves 2 de julio en Plaza Lavalle,
frente al Palacio de Tribunales.
*Artículo 6º.-*Regístrese, comuníquese, dese amplia difusión, publíquese
en la página web de la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales y,
cumplidopase a SCD#FCEN.
*RESOLUCIÓN (CD) N° 1003/26*
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