[FCEyN] Elecciones de Estudiantes para el CD: plazos y requisitos para la presentación de listas

Secretaría General - FCEN- UBA secretaria_general at de.fcen.uba.ar
Mon Aug 19 15:06:17 -03 2024


Se informa a la comunidad que el plazo para la presentación de listas 
para las elecciones de Consejo Directivo correspondientes al Claustro de 
Estudiantes vence el miércoles 28/08 a las 20hs.

Las listas deberán ser presentadas en formato papel y presencialmente 
por Mesa de Entradas, de acuerdo a los siguientes requisitos:

- Nota de presentación donde conste:

Nombre de la agrupación
Número de lista
Nombre, apellido, DNI y correo electrónico de 4 candidatos/as titulares 
y candidatos/as suplentes *1
Nombre, apellido, DNI, correo electrónico, teléfono celular y domicilio 
legal de un/a apoderado/a
Firma del/la apoderado/a

- Conformidad de los/as 8 candidatos/as

- Avales:
Al menos 50 (cincuenta) libretas universitarias FCEN definitivas y 
originales o fotocopias de DNI con la firma original (no fotocopiada ni 
digital) del/a estudiante en la misma hoja. La fotocopia del DNI deberá 
presentarse con el número de trámite tachado de forma tal que no pueda 
leerse.
Un listado de los avales presentados en el que debe figurar nombre, 
apellido y DNI de cada estudiante

- Logo para la boleta de tamaño 8,5cm x 3cm en formato papel y 
electrónico, conteniendo el número y la denominación de la lista.

Más información sobre las elecciones de estudiantes
https://exactas.uba.ar/elecciones-estudiantes-2024/

-- 
Secretaría General
Facultad de Ciencias Exactas y Naturales
Universidad de Buenos Aires

Tel conmutador: 5285-7400 ext 58105

*1 Las listas de candidatas y candidatos a representantes del claustro 
de estudiantes ante los Consejos Directivos deberán integrarse 
respetando la paridad de género, ubicando de manera intercalada, en 
forma alterna y consecutiva, desde la primera o el primer titular hasta 
la última o último suplente, de modo tal que no haya DOS (2) personas 
continuas del mismo género en las listas. En caso de incumplimiento, se 
intimará a la apoderada o apoderado de la lista para que en un plazo 
perentorio efectúe las adecuaciones pertinentes, bajo apercibimiento de 
no oficializar la lista. (ARTÍCULO 214 Reglamento electoral para 
estudiantes).
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