[FCEyN] Elecciones de Estudiantes para el CD: plazos y requisitos para la presentación de listas
Secretaría General - FCEN- UBA
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Mon Aug 19 15:06:17 -03 2024
Se informa a la comunidad que el plazo para la presentación de listas
para las elecciones de Consejo Directivo correspondientes al Claustro de
Estudiantes vence el miércoles 28/08 a las 20hs.
Las listas deberán ser presentadas en formato papel y presencialmente
por Mesa de Entradas, de acuerdo a los siguientes requisitos:
- Nota de presentación donde conste:
Nombre de la agrupación
Número de lista
Nombre, apellido, DNI y correo electrónico de 4 candidatos/as titulares
y candidatos/as suplentes *1
Nombre, apellido, DNI, correo electrónico, teléfono celular y domicilio
legal de un/a apoderado/a
Firma del/la apoderado/a
- Conformidad de los/as 8 candidatos/as
- Avales:
Al menos 50 (cincuenta) libretas universitarias FCEN definitivas y
originales o fotocopias de DNI con la firma original (no fotocopiada ni
digital) del/a estudiante en la misma hoja. La fotocopia del DNI deberá
presentarse con el número de trámite tachado de forma tal que no pueda
leerse.
Un listado de los avales presentados en el que debe figurar nombre,
apellido y DNI de cada estudiante
- Logo para la boleta de tamaño 8,5cm x 3cm en formato papel y
electrónico, conteniendo el número y la denominación de la lista.
Más información sobre las elecciones de estudiantes
https://exactas.uba.ar/elecciones-estudiantes-2024/
--
Secretaría General
Facultad de Ciencias Exactas y Naturales
Universidad de Buenos Aires
Tel conmutador: 5285-7400 ext 58105
*1 Las listas de candidatas y candidatos a representantes del claustro
de estudiantes ante los Consejos Directivos deberán integrarse
respetando la paridad de género, ubicando de manera intercalada, en
forma alterna y consecutiva, desde la primera o el primer titular hasta
la última o último suplente, de modo tal que no haya DOS (2) personas
continuas del mismo género en las listas. En caso de incumplimiento, se
intimará a la apoderada o apoderado de la lista para que en un plazo
perentorio efectúe las adecuaciones pertinentes, bajo apercibimiento de
no oficializar la lista. (ARTÍCULO 214 Reglamento electoral para
estudiantes).
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