[Decanato] [FCEyN] Resolución (CD) Nº 1265/25. Preocupación por la condena sobre la ex-Presidenta y ex-Vicepresidenta de la Nación Cristina Fernández de Kirchner.

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Thu Jun 26 12:08:17 -03 2025


Se transcribe a continuación el texto de la Res. (CD) Nº 1265/25 
aprobada por el Consejo Directivo en su sesión del día 23/06/25.

Cordialmente

-- 
Secretaría General
Facultad de Ciencias Exactas y Naturales
Universidad de Buenos Aires

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 23 de junio de 2025

*VISTO *la condena a la ex-Presidenta y Vice-presidenta de la Nación 
Cristina Fernández de Kirchner a seis años de prisión e inhabilitación 
perpetua para ejercer cargos públicos confirmada el pasado 10 de junio 
por parte de la Corte Suprema de la Nación, y

*CONSIDERANDO*

que la condena a Cristina Fernández de Kirchner por la causa llamada 
“Vialidad” tuvo intervención de jueces y fiscales altamente 
comprometidos políticamente, a saber: Ercolini, uno de los asistentes al 
encuentro de Lago Escondido que compartieron empresarios jueces 
federales, funcionarios porteños, ex-agentes de inteligencia y 
directivos del Grupo Clarín; Borinsky y Hornos, asiduos visitantes a la 
quinta presidencial de Olivos en el período 2015-2019; Giménez Uriburu y 
Luciani, habituales visitantes de la quinta Los Abrojos para la práctica 
deportiva y Bruglia, trasladado de fuero durante el gobierno de Cambiemos,

que una auditoría encargada por el gobierno de Cambiemos demostró que 
las obras fueron construidas, no hubo sobreprecios y que las 
construcciones eran de buena calidad,

que la decisión sobre la realización de las obras en cuestión fue tomada 
por el Congreso en la ley de Presupuesto,

que se condena por este hecho a la ex-Presidenta y ex-Vicepresidenta, al 
Secretario de Obras Públicas y al Director de Vialidad, al mismo tiempo 
que se absuelve al superior jerárquico de estos dos últimos (Ministro de 
Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios), y ni siquiera se 
cuestiona a los Jefes de Gabinete de ese momento, responsables por ley 
de la acción presupuestaria,

que, en conjunto, estos hechos siembran dudas razonables sobre la 
transparencia del proceso judicial,

que en consecuencia la condena tiene un carácter de intencionalidad 
política y no de una condena justa por constitución de un delito comprobado,

que el fallo fue sacado en tiempo record comparado con situaciones 
similares de otras figuras del ambito politico, y la decision que 
previamente se filtro a los medios se tomo pocos dias despues de que la 
expresidenta anunciara su candidatura a un cargo electivo,

que estos mecanismos con apariencia judicial se usan como reemplazo de 
las proscripciones de la dictaduras militares del siglo XX, y 
constituyen un peligro muy grave para la democracia,

que estos hechos ocurren en un ambiente político enrarecido, con una 
clara tendencia del Gobierno Nacional hacia el autoritarismo, lo cual se 
refleja en los constantes ataques a figuras de la oposición,

que la semana anterior al acto proscriptivo fueron detenidos por la 
Policía Federal el ex-precandidato a presidente Juan Grabois y el 
militante Valentín Peralta Ramos durante la ocupación del Instituto Juan 
Domingo Perón,

que dicha ocupación se realizó en forma pacífica, lo que torna 
improcedente la intervención policial sin orden judicial,

que el comisario Luis Rolle, jefe de la Policía Federal, declaró 
públicamente que la detención de Juan Grabois y Valentín Peralta Ramos 
se realizó por indicación del Presidente de la Nación y la Ministra de 
Seguridad, dando a entender que no hubo orden judicial para su accionar,

que a través de la firma del Decreto 383/25 publicado el día martes 
17/06 en vísperas de la movilización popular a Plaza de Mayo se habilitó 
a la Policía Federal a realizar tareas de inteligencia, ciberpatrullaje 
y requisas sin orden judicial,

que estos hechos son claramente ilegales y constituyen una virtual 
declaración de Estado de Sitio,

*EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS Y NATURALES*
*DECLARA:*
*
*
*Artículo 1º.- *Manifestar su profunda preocupación por la condena sobre 
la ex-Presidenta y ex-Vicepresidenta confirmada por la Corte Suprema de 
la Nación surgida de un juicio penal en el que se observaron 
irregularidades que permiten suponer que los elementos probatorios no 
son suficientes.

*Artículo 2°.- *Expresar su profunda preocupación por el deterioro 
institucional que implica la utilización del Poder Judicial con fines de 
proscripción política y disciplinamiento a los liderazgos populares 
democráticamente construidos.

*Artículo 3º.- *Reafirmar el compromiso de esta Facultad con el respeto 
a las garantías constitucionales, la independencia de poderes y la plena 
vigencia del Estado de Derecho como pilares fundamentales de nuestra 
vida democrática.

*Artículo 4º.- *Regístrese, comuníquese, dése amplia difusión y 
publíquese en la página web de la Facultad y cumplido pase a SCD#FCEN.**
**

*RESOLUCIÓN (CD) N° 1265/25*
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